SANTO DOMINGO.- En un operativo realizado en el
Aeropuerto Internacional de Puerto Plata, el Ministerio Público adscrito
a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción
Administrativa (PEPCA), procedió a la inmovilización del activo
consistente en la aeronave Gulfstream American 2 modelo G-1159, serie
No. 253, matrícula N16YY y/o N522HS, localizada en dicha terminal aérea.
La titular de la PEPCA, Laura Guerrero Pelletier, declaró que la
aeronave es parte de los bienes investigados en ocasión del proceso por
crímenes de corrupción y lavado de activos que se le sigue al senador
Félix Ramón Bautista Rosario.
Según determinaron las autoridades, la aeronave habría sido sacada del
país en septiembre del presente año hacia el Estado de la Florida con la
matrícula N16YY y regresó nuevamente a la República Dominicana en el
mes de noviembre con la matrícula N522HS, luego de operarse una
transferencia simulada, a raíz de la presentación de la acusación en
fecha 22 de octubre del 2014 contra el senador Bautista Rosario y seis
personas más de su presumible red de asociaciones y de lavado de
activos.
De acuerdo a sus últimas comprobaciones, el Ministerio Público pudo
constatar que el senador, en un intento de evadir las posibles
consecuencias del proceso de lavado de activos que se le sigue, y el
posible decomiso de esta aeronave ha procedido a su distracción y
ocultamiento a través de un simulacro de traspaso y a la fecha la
aeronave matrícula N-16YY, marca GULFSTREAM, modelo G-1159, serie No.
253, pasó a ser matricula N522HS, razón por la cual el Ministerio
Público entendió oportuno y legitimo ordenar la inmovilización de dicha
aeronave.
Las autoridades indicaron que la medida fue tomada con el propósito de
que se mantenga bajo el brazo de la justicia, esté disponible y no pueda
ser traspasada o distraída hasta tanto se dicte decisión ordenando el
decomiso o no de dicho activo, en el proceso seguido en contra de los
señores: Ing. Félix Ramón Bautista Rosario, Soraida Antonia Abreu
Martínez, José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura
Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Bienvenido Apolinar Bretón
Medina y Gricel Aracelis Soler Pimentel.
"Dentro de la investigación financiera por los ilícitos de corrupción y
lavado de activos, que involucra al senador Félix Ramón Bautista
Rosario, el Ministerio Público señala que entre los activos adquiridos
con el producto del dinero ilícito obtenido como consecuencia de los
delitos cometidos en contra del Estado dominicano, fue adquirida la
aeronave matrícula N-16YY, marca GULFSTREAM, modelo G-1159, serie No.
253, la cual hasta fecha reciente, se mantenía registrada con matrícula
extranjera por ante los Estados Unidos de América, a nombre la razón
social Secure Aircorp Inc., bajo la aparente propiedad del imputado
Carlos Manuel Ozoria Martínez, amigo e íntimo colaborador del Ing. Félix
Ramón Bautista Rosario", señaló Guerrero Pelletier.
Agregó que, "tal y como advirtiera el Ministerio Público recientemente,
en medio de diversas operaciones de distracción de bienes del proceso
señalado, fue traspasada la citada aeronave con la clara intención de
ocultar su real propietario y distraer un bien propiedad finalmente del
Estado dominicano".
Afirmó que diversas disposiciones legales reconocen la potestad del
Ministerio Público para tomar esta medida de publicidad e
inmovilización, como en efecto, las disposiciones del artículo 20 de la
Ley No. 311-14 sobre Declaraciones Juradas de Patrimonio, la cual
reconoce la potestad del Ministerio Público de "disponer la
inmovilización de los fondos, valores y recursos, propiedad total o
parcial del funcionario investigado".
En ese mismo orden, citó también la Ley No. 72-02, Sobre Lavado de
Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas, Sustancias
Controladas y otras Infracciones Graves, que dispone en sus artículos 1
num. 2 y 9 que al Ministerio Público estar apoderado de la persecución
de una infracción de lavado de activos o de incremento patrimonial
derivado de actividades delictivas, puede ordenar en cualquier momento,
sin necesidad de notificación ni audiencia previa, la incautación o
inmovilización provisional, con el fin de preservar la disponibilidad de
bienes, productos o instrumentos relacionados con la infracción.
"Esto sucede, a más de 30 días del Ministerio Público haber depositado
por ante la Suprema Corte de Justicia una solicitud de medidas
cautelares a fin de inmovilizar los productos bancarios e incautar
inmuebles, aeronave y emisoras de radios, en contra del senador Félix
Ramón Bautista Rosario y los demás imputados, la cual fue formulada
desde el día 27 de octubre del corriente año, y a pesar de tratarse de
una medida urgente, que por disposición legal debe ser fallada a la
mayor brevedad, y de que ante la inercia judicial y falta de respuesta
con relación a la misma, se tuvo que solicitar su pronto despacho en
fecha 5 de noviembre, no obstante a la fecha, dichas medidas no han sido
conocidas", manifestó la representante del MP.
Fuente: Maimonense